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¿Cuáles son mis derechos como empleada? ¿Cuándo y cómo debo informarle a mi empleador? ¿Me ampara la ley? ¿Cuánto tiempo puedo tomarme de licencia? Descubrir que una está embarazada es un momento colmado de emociones para todas las mujeres, en especial si es la primera vez. Como inmigrantes, muchas veces desconocemos nuestros derechos y obligaciones y asumimos que "no debe ser muy diferente a Argentina". Por suerte para nosotras, la ley británica considera este evento en detalle. La información a continuación fue extraída del folleto desarrollado por el Department for Business Enterprise & Regulatory Reform llamado "Pregnancy and Work: What You Need to Know as an Employee (2008-2009)".
Semana 5 (o apenas descubras que estás embarazada) ¿Qué hago? Deberías pensar en el momento de informarle a tu empleador: las leyes que te protegen en el trabajo sólo entran en vigencia cuando tu empleador sabe que estás embarazada. ¿Por qué? Una vez informado: - Tu empleador deberá llevar a cabo una evaluación de riesgos o encontrar alternativas para proteger tu seguridad, y la de tu bebé, mientras estás en el trabajo.
- Tenés derecho a tomarte horas pagas para asistir a clases prenatales u otras clases sugeridas por tu partera o médico. Tu empleador puede pedirte prueba de estos turnos a partir de la segunda cita.
- Estás protegida contra el trato injusto, despido inclusive, en conexión con tu embarazo.
Si faltás al trabajo a raíz de una enfermedad relacionada con tu embarazo, tu empleador debe pagarte lo mismo que cobrarías por cualquier otra enfermedad; pero si hay reglas disciplinarias relacionadas con enfermedad en tu trabajo, las enfermedades relacionadas con el embarazo deben ser excluidas. Alrededor de la semana 25 (a 15 semanas de la fecha de parto) ¿Qué hago? Debés: - Avisarle a tu empleador que estás embarazada (si no lo hiciste antes).
- Decirle a tu empleador cuándo querés comenzar tu licencia. Esto puede ser en cualquier momento a partir de las 11 semanas previas a la fecha de parto (alrededor de la semana 29); pero si faltás al trabajo por tu embarazo en las 4 semanas antes de la fecha de parto, tu empleador deberá empezar la licencia en ese momento.
- Dar aviso por escrito si tu empleador te lo pide.
- Darle a tu empleador el certificado de maternidad (formulario MATB1) que tu partera te dará a partir de la semana 21 de embarazo. Este certificado confirma la fecha de parto.
 Podés cambiar de idea en cuanto a la fecha en la que querés comenzar tu licencia, pero deberás darle 28 días de preaviso a tu empleador. Si no estás planeando tomarte la licencia completa o querés extender el período inicial, debés avisarle a tu empleador cuándo vas a volver. Podés cambiar de idea más adelante, siempre y cuando des 8 semanas de preaviso. Tu pareja deberá avisarle a su empleador antes de la semana 25 si quiere tomarse licencia por paternidad. Para ayudar existe el formulario SC3 en la página web directgov. ¿Por qué? Debés dar el preaviso correcto para poder tomarte licencia y cobrar por maternidad. Tu empleador deberá escribirte dentro de los 28 días siguientes para confirmar cuándo deberás volver al trabajo. Si tu empleador no hace esto, estás en tu derecho de cambiar de idea y volver sin darle preaviso. Tenés derecho de tomarte hasta 52 semanas de licencia por maternidad. No está permitido que trabajes durante las primeras dos semanas después del nacimiento (o cuatro semanas si trabajás en una fábrica). La ley cambió en el 2008 y ahora tu empleador deberá continuar tus beneficios (por ejemplo tu afiliación al gimnasio, laptop, etc.) durante las 52 semanas de licencia. Continuás siendo empleada de la empresa durante las 52 semanas de licencia. Para cobrar SMP (Statutory Maternity Pay) deberás haber sido empleada por al menos 26 semanas en la semana 15 antes de la fecha de parto y ganar al menos lo suficiente como para ser relevante para el National Insurance. SMP se paga durante un máximo de 39 semanas. Cobrás 90% de tu sueldo semanal promedio durante las primeras seis semanas y después un sueldo fijo o 90% de tu sueldo, si es menor al sueldo fijo. Mientras cobres SMP se te harán deducciones para cubrir impuestos y National Insurance. Tu empleador deberá informarte si no calificás y darte el formulario SMP1, con el que podrás cobrar MA (Maternity Allowance) en el Jobcentre Plus. MA se paga durante 39 semanas y es un sueldo fijo o un 90% de tu sueldo promedio, si es menor. Para cobrar MA debés ser empleado en relación de dependencia o autónomo durante 26 semanas dentro de las 66 semanas que terminan una semana antes de la semana de parto y cobrar un promedio de £30. Si tu empleador hace aportes a una jubilación deberá continuar con sus aportes usuales durante el tiempo en que recibas SMP. Antes de comenzar y durante tu licencia por maternidad (a partir de la semana 30 aproximadamente) ¿Qué hago? Deberás hablar con tu empleador para llegar a un acuerdo en cuanto al tipo de contrato que tendrás durante tu licencia por maternidad, por ejemplo: - Cómo se te informarán los cambios en el trabajo, incluyendo ofertas de empleo.
- ¿Te gustaría tener la oportunidad de trabajar para mantenerte en contacto, o de asistir eventos en particular o recibir formación? De ser así podrás acordar hasta 10 días de trabajo durante tu licencia por maternidad.
Puede ser de utilidad para vos y tu empleador si empiezan a hablar de estos planes con anticipación. ¿Por qué? Vos y tu empleador pueden mantenerse en contacto durante tu licencia. Esto puede ayudarte cuando llegue el momento de volver al trabajo. Además de mantenerse en contacto, vos y tu empleador pueden acordar hasta 10 días de trabajo durante tu licencia. Estos días se llaman "Keeping In Touch Days". Su fin no es que hagas tu trabajo habitual: sirven para formación y otras actividades. Puede que los quieras usar para facilitar el regreso al trabajo. Vos y tu empleador deberán acordar que harás estos días, incluyendo qué tareas en particular llevarás a cabo y cómo se te pagará. No estás obligada a participar en estos días, es tu elección. Tampoco es obligatorio que tu empleador te los ofrezca. Tu empleador no puede exigir que vayas al trabajo durante el período de tu licencia por maternidad ni puede penalizarte por negarte a aceptar un Keeping In Touch Day. Durante tu licencia por maternidad (antes de regresar al trabajo) ¿Qué hago? Deberás planificar tu regreso al trabajo junto a tu empleador. Si volverás a la fecha acordada con tu empleador no hay necesidad de dar preaviso. Si decidís cambiar de idea deberás dar 8 semanas de preaviso. Hay opciones para ayudarte a equilibrar el cuidado de tu hijo y el trabajo: - Derecho a pedir trabajo flexible.
- Derecho a tiempo libre como permiso de padres y tiempo para hacer frente a una emergencia familiar.
- Ayuda financiera del Gobierno como créditos fiscales.
Dererás hablar con tu empleador con tiempo si querés cambiar tu patrón de trabajo. Con algunos empleadores esto se puede hacer informalmente, mientras que otros tendrán un procedimiento que implique que lo debas hacer por escrito. Tu empleador puede tomarse hasta 6 semanas para llegar a una decisión, por lo que es importante que hagas planes con anticipación. Deberás avisarle a tu empleador si vas a amamantar cuando regreses al trabajo y querés asegurarte de tu salud y protección. Si decidís no volver al trabajo deberás informarle a tu empleador, respetando como mínimo el preaviso estipulado en tu contrato de trabajo. Avisarle apenas estés segura ayudaría a tu empleador. Todavía tendrás derecho a recibir SMP o MA durante un máximo de 39 semanas, siempre y cuando no empieces a trabajar nuevamente. ¿Por qué? Si no das suficiente preaviso de tu nueva fecha de regreso al trabajo tu empleador puede posponer tu reincorporación hasta que hayan recibido 8 semanas de preaviso. Si volvés al trabajo durante o al fin de las primeras 26 semanas (licencia por maternidad ordinaria) tendrás derecho al mismo trabajo con las mismas condiciones como si no te hubieras ido. Si decidís tomarte el período adicional tendrás derecho al mismo trabajo con las mismas condiciones, pero si tu empleador no puede darte exactamente el mismo cargo por algún motivo, tendrás derecho a un trabajo adecuado al mismo nivel con condiciones iguales o mejores que las de tu cargo previo. Como madre de un hijo de menos de 6 años tendrás derecho a cambiar tu patrón de trabajo. Deberás seguir el procedimiento correcto si querés que la ley te ampare. Tu empleador deberá considerar tu pedido seriamente y seguir su parte del procedimiento. Tu empleador deberá llevar a cabo una evaluación de riesgos para identificar posibles riesgos para vos como una madre que amamanta o tu bebé. Si hay riesgos deberán hacer todo lo posible para eliminarlos o encontrar alternativas. Tu empleador también deberá proveer un lugar de descanso adecuado. La ley te obliga a dar el preaviso correcto si vas a renunciar, pero dar mas puede ayudar. Tu licencia por maternidad y protección de empleo continúan hasta la fecha que des como fin de tu empleo. Esta fecha puede ser el fin de tu licencia por maternidad. Tu preaviso puede correr durante tu licencia por maternidad. Si hay un problema ¿Qué hago? Deberías hablar con tu empleador lo antes posible para resolver el problema. Podés recibir asesoramiento confidencial llamando a Acas 08457 47 47 47 o, en Irlanda del Norte llamando a Labour Relations Agency en el 028 9032 1442. Considerá si hay algún tipo de apoyo que puedas usar para encontrar una solución. Es posible que debas presentar una queja formal si no podés resolver la situación. Si estás en desacuerdo con la decisión de tu empleador en cuanto a SMP y no podés resolverlo con tu empleador podés pedirle a HMRC una decisión. Llamá al HMRC Statutory Payments Disputes Team en el 0191 2255221. Puede haber otras fuentes de ayuda disponibles, como por ejemplo el Citizens Advice Bureau, o tu sindicato. ¿Por qué? Es mejor para ambas partes si solucionan cualquier problema rápidamente. Estás protegida ante cualquier trato injusto en conexión a tu embarazo, el nacimiento o tu licencia por maternidad. Si hay una situación de despido durante tu licencia por maternidad tendrás derecho a que se te ofrezca una alternativa adecuada. Agregar a Favoritos (95) | Citá este artículo en tu sitio | Vistas: 1316
1. Escrito por GabrielT, el 31-03-2009 18:44 Leyendo esto y tu nick en el MSN me imagino que tendras alguna noticia por casa no? FELICITACIONES!!! para cuando? Otra cosa que estaria interesante para completar el panorama seria como influye el embarazo en el trabajo de los Papas (varones). Si tenes tiempo y ganas te tiro el tema y vos lo desarrollas.
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2. Escrito por Cieguilla, el 01-04-2009 18:04 Eso lo sabras vos mejor que yo! Yo solo me encargue de distribuir la informacion que recibi, esto no tiene nada de opinion personal...
Gracias 
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3. Hay nueva informacion para embarazadas Escrito por mamu69, el 06-04-2009 15:09 Chicos para el que lo necesite acabo de recibir los nuevos cambios en la flexibilizacion laboral de la embarazada de Abril 2009 y un nuevo beneficio que incorporan para las embarazadas apartir de la semana 25. Si me dicen como ponerlo en la pagina lo hacemos o se lo envio a alguien que si sepa hacerlo. Saludos Ale 
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4. Agregar información Escrito por Indigo, el 09-04-2009 09:31 Gracias Mamu! Acá te dejo el link donde se explica cómo hacer para contribuir con artículos. Escribir en la página Lo ideal sería que escribieras un artículo nuevo, para lo cual ya te agrego como "autora", ya que cada autor es responsable de lo que escribe - o que acuerdes con Cieguilla hacer un agregado al artículo de ella. Esperamos ver tus contribuciones pronto!
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5. Congrats Escrito por iluminati, el 16-03-2010 15:06 Tengo entendido que el domingo fue Mother's Day. Saludos a las madres!!
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